El divorcio por infidelidad o adulterio – ¿Cómo me divorcio?

divorcio infidelidadEl artículo 333º del Código Civil, concordado con el artículo 349º del mismo cuerpo de leyes, en su inciso 1, señala que una de las causales de divorcio lo constituye el adulterio.

Podemos decir que el adulterio es la unión sexual de uno de los cónyuges, con quien no es su cónyuge, sea de manera ocasional o permanente. Esto es, que para que se configure el adulterio debe existir la unión sexual extramatrimonial de uno de los cónyuges con una persona que no lo es, vulnerándose el deber de fidelidad, el cual debe ser recíproco entre ambos cónyuges.

Nuestro Código Civil establece que no podrá interponerse la demanda basada en la causal de adulterio si el cónyuge que interpone la demanda ha provocado, ha consentido, o ha perdonado este accionar; es más nos señala que la cohabitación posterior al conocimiento del adulterio impide iniciar o proseguir con la demanda.
Por último, es necesario mencionar que esta causal caduca a los seis meses de conocida dicha causa por el cónyuge que la imputa y, en todo caso, a los cinco años de producida la misma.

 

 

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